El rol del abogado va mas allá de la obtención de una sentencia favorable, si no que implica una serie de actos de diversa índole que se traducen en conjunto, en un actuar diligente respecto de su caso desde que éste le es presentado, teniendo así un activo rol social, en orden a recibir a sus clientes cuando estos lo requieran, informarlos adecuadamente educándolos en la materia y comprometiéndose con su búsqueda de justicia. Con ello se rompe la interacción mecanizada y distante del abogado, y se le coloca en un rol proactivo, donde logra adentrarse en el sentir y creer de su cliente, dado que se le trata en todo momento con preocupación y dedicación plena.
Cabe resaltar la importancia de respetar el deber de no aseverar sobre el buen éxito de un litigio, por cuanto el cliente toma literalmente estas palabras y forma una convicción de triunfo que muchas veces es destruida por la decisión del tribunal. En este trabajo este es un tema relevante, ya que es el que da origen al film, y observándolo desde la posición del cliente es muchas veces desgarradora la destrucción de esta expectativa construida por el abogado. En lugar de eso, concluimos que el abogado debe ser siempre veraz con su cliente, y al educarlo mediante la información entregada debe siempre cuidar el uso de sus palabras para no generar expectativas sobre las cuales no tiene absoluto control.
Por último, en cuanto al análisis del film contrapuesto a la normativa del Código de Ética, concluimos que aunque éste cumple su objetivo al enunciar los principios básicos que se han de respetar en la relación del cliente con el abogado, y en general consagra un actuar diligente, no aborda con la rigurosidad necesaria el tópico de los honorarios del profesional, presentándose esta falencia tanto en el código vigente como en el nuevo código de ética, por cuanto aunque se refiere a ello en más de un artículo, no establece la forma más justa en su determinación, entregándolo demasiado a la autonomía contractual, en circunstancias que consideramos debería estar más reglamentado, por cuanto del no pago o no aceptación de éstos en los términos propuestos por el abogado, se produce la falta de acceso a una justicia de calidad.
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